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La decisión tomada por el Incoder y el Gobierno Nacional de otorgar 177.817 hectáreas de terrenos a las poblaciones negras e indígenas del Naya, ha sido bien recibida. Sin embargo, desde las comunidades se insiste en la necesidad de recibir garantías por parte del Estado para que se acate este fallo y se respete la dignidad de los habitantes, para asi continuar realizando el ejercicio de pertenencia y permanencia en el territorio.

La batalla jurídica que se libró por la titulación de las tierras que limitan con los municipios de Buenaventura y López de Micay en la Cuenca del Río Naya entre las comunidades que viven en el territorio, el Estado y la Universidad del Cauca, duró más de 16 años. La extensión del territorio que se encuentra ubicado en el suroccidente de Colombia, supera la extensión de la zona rural y urbana de Bogotá; que se estima, tiene un área de 153.659 hectáreas.

Dos expertos e investigadores del cambio climático y medioambiente calificaron de contradictorio el discurso del presidente Evo Morales en defensa de la Madre Tierra en paneles internacionales como la COP-21 de París, cuando en el país se aplican políticas extractivistas como nunca antes se vieron, así como una ampliación de la frontera agropecuaria que agrava más el calentamiento global.

El presidente Evo Morales, en su intervención en la cumbre climática de París, dijo ante 150 jefes de Estado que "si continuamos en el camino trazado por el capitalismo estamos condenados a desaparecer". El biólogo, investigador y experto en mediciones medioambientales, Marco Octavio Ribera, en entrevista con ANF dijo que la situación del país es bastante paradójica porque mientras en paneles internacionales como la Cumbre del Cambio Climático se pregona un modelo de defensa de la naturaleza y el medio ambiente, en los hechos se aprobaron una serie de normas que amplían la frontera agropecuaria a un millón de hectáreas al año.

Frente a los incumplimientos sistemáticos del gobierno colombiano a la Cumbe Agraria Campesina, Étnica y Popular y la evidente dirección de la actual política agraria a fortalecer la agroindustria trasnacional a través de las ZIDRES (Zonas de Interés de Desarrollo Rural y Económico) La Cumbre hace un fuerte llamado al gobierno de Juan Manuel Santos a que sea coherente con los acuerdos a los que llega y las acciones de gobierno que toma. Así mismo llama la atención por el recrudecimiento de la situación de DDHH y garantías en los territorios. A continuación la carta completa que le dirige la Cumbre Agraria a Juan Manuel Santos como principal representante del gobierno colombiano:

Bogotá, D.C., 30 de noviembre de 2015

Con la masiva participación de más de 700 asistentes procedentes de varias provincias del Ecuador, se realizó el Decimo Congreso Ecuatoriano de Sociologia, Ciencias Sociales y Politicas del 17 al 19 de Noviembre, en la Universidad Central del Ecuador.

En el evento se desarrollaron un total de 250 ponencias, en alrededor de 75 paneles, convocados en torno a ocho ejes temáticos. Como actividades complementarias tambien se realizaron una feria del libro, eventos de presentacion de publicaciones y un ciclo de cine ecuatoriano sobre temas politicos.

El Congreso evidenció la vitalidad de las ciencias sociales ecuatorianas, la incorporacion de nueva generacion de sociologos/as y politologos/as, perspectivas de criticidad ante procesos nacionales y regionales, los aportes ante tematicas tanto clasicas como innovadoras y fue posible gracias a esfuerzos de autogestion y con autonomia de las carreras y departamentos de la Universidad Central, Universidad Catolica, Universidad de Cuenca, Universidad de Guayaquil y la Politecnica Nacional.

Cinco años han pasado desde que la Corte Constitucional dictaminará en su sentencia No. 001-10-SIN-CC , numeral 2 y 3 que “la consulta Pre-legislativa es de carácter sustancial y no formal” y que “toda actividad minera que se pretenda realizar en los territorios de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatorianas y montubias, en todas sus fases, a partir de la publicación de la presente sentencia, deberá someterse al proceso de consulta previa establecido en el artículo 57, numeral 7 de la Constitución, en concordancia con las reglas establecidas por esta Corte, hasta tanto la Asamblea Nacional expida la correspondiente ley”. Esta sentencia fue el resultado de las acciones de inconstitucionalidad que se interpusieron en contra de la Ley de Minería en el 2009, que a pesar de no declararla inconstitucional, dejó establecidas aquellas obligaciones en materia de consulta a pueblos y comunidades indígenas.