Salieron en busca de justicia y encontraron la justicia en su propia jurisdicción. El reconocimiento de la justicia indígena está aún lejos de su cumplimiento real, al menos en los términos de igualdad que señala la Constitución Política del Estado (Art. 179.II), sin embargo, el primer paso lo dieron ellos, los comunarios de Cahua Grande y Cahua Chico de Zongo. Tras una larga lucha legal por hacer valer sus resoluciones en la justicia indígena, el pasado 21 de septiembre de forma inédita los zongueños decidieron iniciar la ejecución de la sentencia de expulsión del empresario minero José Oscar Bellota Cornejo del territorio de Zongo, en cumplimiento de las diferentes resoluciones constitucionales (SSCCPP 874/2014, 0036/2018 y la DCP 006/2013) que les reconoce la competencia para resolver el caso.
Todo empezó el año 2010, las treinta y cinco comunidades de la Central Agraria de Zongo, luego de escuchar los testimonios de abusos a los trabajadores, usurpación de tierras, daños al medio ambiente, entre otros, decidieron la expulsión del empresario minero. Esta resolución les valió la detención, en la cárcel de San Pedro, de cuatro de sus autoridades por el periodo de dos años y el procesamiento de una treintena de comunarios que fueron perseguidos penalmente durante diez años, hasta que los casos pasaron a competencia de la jurisdicción indígena de Zongo.
Ganaron todas las acciones legales pero el minero no salía del territorio de Zongo. Con sus autoridades detenidas en la cárcel el caso del minero quedo paralizado, nadie quería meterse, temían ser encarcelados. En eso, un grupo de autoridades de Cahua Grande y Cahua Chico decidieron formar un Consejo de Justicia para defenderse dentro del marco de la Jurisdicción Indígena. Su primer paso fue presentar una consulta al Tribunal Constitucional, les preguntaron a los magistrados si es constitucional la sanción de expulsión; el Tribunal tras un estudio pericial les respondió que la expulsión es compatible con la constitución y aplicable al caso concreto. Con esta primera victoria las autoridades de Zongo solicitaron la declinatoria de competencia de los jueces ordinarios en los procesos instaurados en su contra por el minero. Tras varias audiencias, viajes y trámites burocráticos, las autoridades lograron dos fallos constitucionales a su favor. Fruto de ello, un hecho inusual ocurre el 13 de octubre de 2014, el Juez de Instrucción Penal Primero de la ciudad de El Alto, Juan Enrique Morales Díaz entregó en acto público seis expedientes del caso penal a las autoridades de la jurisdicción indígena de Zongo, así las cuatro ex autoridades detenidas salen libres. Pero no era el único caso penal, recién hasta el presente año las autoridades indígenas lograron la entrega de los expedientes del último caso penal. Sin embargo, tras diez años de lucha legal y a pesar de que el más alto Tribunal les da la razón, las autoridades de Zongo se dan cuenta de que siguen siendo perseguidas y que el minero continúa en su territorio.
¿Una resolución final para ejecutar la expulsión?
A principios de este año la Central Agraria de Zongo en un ampliado general decide conformar el Consejo Justicia de Zongo, instancia judicial encargada de emitir la Resolución final del caso. Se trata de la Resolución 001/2019 dictaminada públicamente el pasado sábado 21 de septiembre en la sede sindical de la Comunidad de Cahua Grande con la presencia de las autoridades principales de las comunidades de Zongo; autoridades del Estado: nivel central, Viceministerio de Descolonización, gobernación y municipal; la Asociación Departamental de Antropólogos de La Paz; los equipos de comunicación de Radio San Gabriel y del Instituto para el Desarrollo Rural de Sudamérica quienes acudieron al llamado de las autoridades del Consejo. Para los Zongueños fue un acto fundamental, pues significó la culminación del proceso tras diez largos años y el inicio del cumplimiento de sus resoluciones en el marco de la jurisdicción indígena.
La audiencia inicio con un acto ritual, seguidamente se convocaron a las partes. Fueron llamados a lado izquierdo de los jueces indígenas una veintena de comunarios que habían sido procesados en la justicia ordinaria, y al lado derecho se convocó al empresario minero, quien no asistió al acto. A las afueras se puede observar que la mina funciona con total normalidad. Seguidamente, con la sala totalmente llena, los asistentes se ponen de pie y en total silencio escuchan la resolución final, la misma que en la parte más emotiva señala: “La Jurisdicción Indígena Originaria Campesina JIOC del sector Zongo de la Provincia Murillo del Departamento de La Paz en memoria de Gabriel Huaynaquile y Gabriel Huayla, históricos líderes zongueños que se rebelaron, lucharon y dieron su vida contra nuestros opresores (1623) en defensa de la libertad, tierra y territorio, en memoria de las luchas ancestrales de nuestros antepasados que nos han legado la lucha constante e incansable que hoy mantendremos como hijos e hijas. Asimismo, al amparo de nuestro legítimo derecho a la libre determinación establecidos en la Constitución Política del Estado, la Declaración de las NNUU sobre los derechos de pueblos indígenas, el Convenio 169 y la Declaración americana de derechos de los pueblos indígenas, conforme a los cuales nuestra autodeterminación es el primer derecho colectivo que permite ejercer todos los demás Derechos. En virtud de nuestra jurisdicción y competencia establecidas en las normas constitucionales, como JIOC ZONGO disponemos…” (Periódico la Razón, 25/09/2019) Acto seguido se oyen aplausos, y se escuchan las disposiciones de este magno Consejo de justicia.
Esta Resolución final ordena al AJAM deje sin efecto las concesiones mineras otorgadas a favor del minero y cualquier proceso de otorgación de derechos mineros, solicita al juez agroambiental de la provincia Murillo, en el marco de la coordinación y cooperación, disponga la realización de un peritaje para la determinación de daños ambientales para la indemnización y resarcimiento a las comunidades afectadas, al INRA la reversión de tierras a favor de las comunidades, a la policía el precinto y resguardo del lugar donde se realizaban actividades mineras, y a la Notaria de Fe pública el inventario de bienes, entre otras medidas, que ordenan los jueces indígenas en el marco de la Constitución, las normas del bloque de constitucionalidad y la jurisprudencia aplicable al caso. Acto seguido, notifican con la resolución en la puerta de ingreso de la mina iniciando una vigilia a las afueras del lugar. Asimismo, horas más tarde el comandante departamental de la policía tras ser notificado con la resolución responde con una nota que la justicia indígena no puede ingresar a tocar temas relacionados con el ámbito minero, citando al efecto la Ley de Deslinde.
Las autoridades del Consejo de Justicia tienen la fuerza para seguir luchando por el cumplimiento de la Constitución. Así lo manifestaron al término de la audiencia. La justicia indígena les devolvió a los procesados la dignidad para no ser tratados como imputados ni delincuentes, y ahora esperan que la jurisdicción indígena sea respetada por parte de las autoridades de la jurisdicción ordinaria, la policía y demás instituciones del Estado Plurinacional.
Zongo nos muestra que la jurisdicción indígena está luchando por el respeto de su libre determinación, frente a las brechas y límites de su cumplimiento. Vemos comunidades que están resolviendo sus conflictos en sus territorios, ejerciendo sus instancias de justicia, dialogando sobre los derechos humanos y dando sentido a la justicia indígena, en este marco, vemos muchas posibilidades en el reconocimiento de la justicia indígena. Zongo es un caso inédito de la justicia indígena, pues en su lucha legal desbordaron la Ley de Deslinde y ejercieron una autonomía desde abajo al conformar una instancia propia de justicia y poner en funcionamiento la jurisdicción indígena. Es una muestra de la construcción de la justicia desde abajo, desde las tensiones, complejidades y desafíos que implica el ejercicio de la jurisdicción indígena originaria campesina.