Desde hace días las principales autoridades de los gremios del agronegocio insisten en que el Estado debe actuar con violencia contra las familias campesinas, según señalan unas 100 mil hectáreas de tierra estarían siendo ocupadas por campesinos y campesinas que deben ser desalojados. El periodo de inicio de la zafra sojera coincide con el aumento de la conflictividad rural debido a que el agronegocio avanza ilegalmente sobre territorios campesinos.
“Necesitamos respuestas más rápidas, hay lugares donde ya hay que sembrar pero siguen invadidos o en conflicto; si no se siembra en los próximos días o semanas, prácticamente el productor pierde el año, es un perjuicio enorme a toda aquella persona que está afectada por esa situación. Este clima de violencia es un verdadero perjuicio, el productor se merece las garantías que la Constitución establece” señaló Héctor Cristaldo, titular de la Unión de Gremios de la Producción (UGP) tras una reunión con Juan Ernesto Villamayor, Ministro del Interior, donde pidieron que el protocolo que prevé una serie de requisitos previos a la realización de un desalojo sea dejado de lado y que la Policía actúe de forma pronta contra los campesinos.
Además, los representantes sojeros mencionaron que ya no deben realizarse mensuras judiciales, pues consideran que estas “para lo único que sirve es como llave para la invasión o el blindaje para los invasores” según manifestó Manuel Riera de la Asociación Rural del Paraguay. Los sojeros no dieron detalles de los casos y lugares donde pretenden sean desalojadas las familias campesinas.
Sin embargo, el propio Sistema de Información de Recursos de la Tierra (SIRT) cerca del 40% de las tierras destinadas para la Reforma Agraria, están ocupadas por personas que no son sujetas de la Reforma Agraria, es decir no están en manos de peqeuños agricultores, sino que estarían mayoritariamente siendo ocupadas irregularmente por sojeros y ganaderos. A estas tierras deben añadirse las cerca de 8 millones de hectáreas de tierras malhabidas que fueron entregadas irregularmente por el régimen de Alfredo Stroessner a sus acólitos, entre los cuáles figuran políticos y potentados agroempresarios; según el Informe de la Comisión de Verdad y Justicia estas tierras deben ser recuperadas y ser destinadas a la Reforma Agraria.
Desalojos son ilegales
Desde 1976 en su primera Conferencia sobre los Asentamientos Humanos la Organización de Naciones Unidas (ONU) y sus distintos organismos han realizado permanentes recomendaciones respecto a lo que denominan “desalojos forzosos” que definen como el hecho de hacer salir a personas, familias y/o comunidades de los hogares y/o las tierras que ocupan, en forma permanente o provisional, sin ofrecerles medios apropiados de protección legal o de otra índole ni permitirles su acceso a ellos. Según el Comité de Derechos Humanos de la ONU la práctica de los desalojos forzosos constituye una violación grave de los derechos humanos y sólo pueden realizarse de manera legal en casos muy excepcionales y garantizando que las personas afectadas tengan acceso a una vivienda digna en otro espacio.
En el caso del Estado paraguayo existen diversas recomendaciones de organismos internacionales que instan a evitar los desalojos forzosos, en el año 2007 el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales mencionaba “El Comité insta al Estado parte a tomar las medidas necesarias, incluyendo de orden legislativo, para evitar que las familias campesinas e indígenas que ocupan las tierras sean desalojadas (..) investigar, juzgar y sancionar a los responsables de desalojos forzados y violaciones conexas a los derechos reconocidos por el pacto”.
Diez años después, en 2017, la relatora especial para el Derecho a la Alimentación, Hilal Elver, expresaba en su informe la preocupación porque sigan teniendo lugar desalojos forzosos de comunidades campesinas y comunidades indígenas en diferentes partes del país y agregaba que “En la mayoría de los casos, estos desalojos se ejecutan con el uso de violencia por parte de seguridad estatal o privada (…) Se debe implementar un mecanismo eficaz de protección contra tales desalojos forzosos. Cuando una comunidad se ha asentado en una parcela de tierra y depende de esa tierra para su sustento, la obligación de respetar el derecho a la alimentación requiere que el desalojo de la comunidad de esa tierra esté prohibido a menos que se cumplan ciertas condiciones”