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Ecuador:Economía campesina: otra promesa incumplida

 

 

 

 

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El cambio de matriz productiva tiene en el campo como principales beneficiarios a los grandes capitales agroexportadores, que además acaparan la mayor parte de hectáreas cultivables. La revolución ciudadana privilegia el agronegocio en desmedro de la economía familiar campesina, que fue la promesa hecha a los campesinos en la campaña del 2006. En ese contexto, se discute la Ley de Tierras y Territorios, con cuestionamientos por parte de varias organizaciones campesinas y agrícolas de cómo ha actuado el oficialismo en este tema dentro de la Asamblea Nacional.

El debate sobre la Ley de Tierras divide al movimiento campesino en favor y en contra de las tesis del gobierno. Mientras los detractores de la Ley señalan que su principal falencia es que se trata de una ley de tierras para la producción, que fortalece la concentración de la riqueza en el campo  y atenta contra la seguridad alimentaria al evitar el debate sobre el uso del suelo para la industria agroexportadora.

La Comisión de Seguridad Alimentaria de la Asamblea Nacional recibió cinco versiones de proyectos de ley, de distintas vertientes. Finalmente produjo un borrador final. Este fue aprobado el 29 de septiembre y se llama Ley de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales. 

Uno de estos proyectos provino de la Red Agraria. Esta es una organización conformada por la Fenocin,  la Coordinadora Nacional Campesina Eloy Alfaro y la Corporación de Montubios del Litoral y fue introducida en la Asamblea con el respaldo validado de 36 000 firmas. Convirtiéndose así no solo en el proyecto pionero en cuanto a iniciativa ciudadana, sino que la Asamblea tenía la obligación de tratar ese proyecto sino recurrir a otros y permitir a los proponentes la participación plena en las discusiones en la Comisión respectiva, con voz y voto.

De acuerdo de un documento interno de la Red Agraria, al que tuvo acceso este medio, existen serias dudas sobre el procedimiento de discusión y aprobación de la Ley de Tierras. Esta es la relación de la lucha en torno a este proceso.

La Constitución de Montecristi introdujo dentro tres disposiciones relacionadas directamente con la Soberanía Alimentaria: el artículo 281 que norma los conceptos fundamentales de la Soberanía Alimentaria; el 282 que habla de la formación por ley de un Fondo de Tierras; la transitoria primera de la Constitución donde se otorga el plazo de 120 días para que se elabore una Ley de Soberanía Alimentaria.

En marzo del 2009, se aprobó de la Ley Orgánica de Régimen de Soberanía Alimentaria (Lorsa), con la cual se creó a la Conferencia Nacional de Soberanía Alimentaria, adscrita al Ministerio de Agricultura, con el fin de que esta elabore todo aquello no abordado por la Lorsa  con el suficiente detalle, bajo el concepto de Leyes Conexas a la Soberanía Alimentaria. Posteriormente la Lorsa sería reformada y se haría de la Conferencia una entidad independiente no adscrita al ministerio y adoptará el nombre de Conferencia Plurinacional e Intercultural de Soberanía Alimentaria (Copisa).

La Copisa, mantenía la disposición legal de la Lorsa de construir las que luego fueron nueve leyes conexas. Esto se completó en diciembre del 2012 y se las envió al Magap, como prescribe la Lorsa.

Esta ley dice que la Copisa es creada para avanzar en la elaboración participativa de las leyes Conexas a la Soberanía Alimentaria, en ese contexto la Asamblea Nacional no debió haber admitido a trámite las otras propuestas de ley existentes, dice el documento, o debió hacerlo solo en el contexto de contribuciones al cuerpo legal elaborado por la Copisa. Esto no ha sucedido pues esos cuerpos legales han sido examinados en el mismo nivel de la propuesta de Copisa, dentro de la Comisión de Soberanía Alimentaria de la Asamblea Nacional.