PRODUCCIÓN - DIÁLOGOS
184 - Argumentos para fortalecer la propiedad colectiva de la tierra en Sudamérica
Argumentos para fortalecer la propiedad colectiva de la tierra en Sudamérica
Juan Pablo Chumacero R.
Economista, con especialización en estudios latinoamericanos. Ha trabajado durante 14 años en la Fundación TIERRA, siendo su Director Ejecutivo entre 2012 y 2014. Actualmente trabaja como investigador en el IPDRS.
El agronegocio, extractivismo minero, hidrocarburífero y forestal atañan cada día a sectores vulnerables en Sudamérica, las comunidades indígenas y campesinos sufren violentamente sus cambios y políticas estatales. El documento reflexiona y nos ayuda a comprender a un continente donde la propiedad colectiva está siempre en juego y con ella los derechos de sus habitantes. Los resultados de un foro debate facilitado por Juan Pablo Chumacero invitan, en el presente documento, a seguir gestionando debates y encuentros hacia un territorio igualitario y en armonía con el medio ambiente.
En el último tiempo se ha podido evidenciar toda una dinámica a nivel mundial desde ONG, centros de investigación, activistas, universidades, colectivos y claramente organizaciones campesinas e indígenas que plantea todo un esfuerzo global para defender la propiedad colectiva de la tierra desde sus distintas dimensiones ante las presiones y amenazas provenientes del agronegocio y del extractivismo minero, hidrocarburífero y forestal más depredador que ha visto la historia humana.
En esta línea, durante el mes de noviembre de 2016, el IPDRS y el Land Portal, interesados por profundizar la reflexión en torno a este tema, llevaron adelante un debate en línea denominado Propiedad colectiva de la tierra en Sudamérica: desafíos y perspectivas. En este artículo se sintetiza una parte de este debate, puntualmente, aquella referida a los principales argumentos para apoyar y fortalecer los derechos propietarios sobre la tierra bajo regímenes colectivos.
En una primera instancia, es conveniente comprender que en Sudamérica la propiedad colectiva de la tierra tiene al menos dos grandes dimensiones a partir de las cuales es conveniente realizar el análisis. La primera tiene que ver con la tierra desde su dimensión propiamente agraria, en la cual se analizan situaciones relacionadas con los derechos propietarios de la colectividad y su relación con los derechos de los integrantes de la misma (familias, mujeres, jóvenes), los usos que se le dan a la tierra, los derechos a gozar y disponer de la misma, las posibilidades en términos de la producción (escala) y la organización de la producción, etc.
La otra dimensión de la tenencia colectiva de la tierra se basa en la estructura agraria establecida por la primera, pero también tienen involucrados derechos de los pueblos indígenas, específicamente la existencia y reconocimiento de territorios indígenas, Al tratarse no sólo de una propiedad colectiva, sino de un territorio indígena, otros derechos son reconocidos, como el del autogobierno, la libre determinación, el del uso a los recursos naturales en el territorio, el de la consulta previa, libre e informada,
En este marco, tal como asevera en el debate Sergio Coronado (abogado agrarista y subdirector del Centro de Investigación y Educación Popular - CINEP en Colombia), tradicionalmente los derechos colectivos a la tierra han sido reconocidos como parte de derechos especiales de grupos y pueblos históricamente excluidos de los procesos políticos en las diferentes sociedades; y en este sentido son derechos que superan un principio normativo de universalidad porque se acepta la diferenciación cultural como base para establecer sistemas de protección de derechos especiales, en este caso, el de la propiedad colectiva de la tierra y del territorio. Es más, sobre esta base legal, como bien afirma Fernando Heredia (sociólogo boliviano, especialista en derechos indígenas y desarrollo) la propiedad colectiva sobre el territorio constituye el espacio de construcción de paradigmas de vida y procesos de autodeterminación indígena que son fundamentales en la agenda de los movimientos indígenas sudamericanos. Un claro ejemplo de ello es todo el desarrollo normativo y de política pública en países como Bolivia, con las Tierras Comunitarias de Origen, ahora llamadas Territorios Indígena Originario Campesinos, lo que se tiene en Colombia con los Resguardos indígenas o formas similares en algunos otros países.
Sin embargo, Coronado sostiene que esta manera de plantear el establecimiento de derechos puede conllevar situaciones de discriminación cuando existen otros grupos poblacionales que reclaman un derecho similar y no lo reciben por no contar con el elemento constitutivo de orden cultural esencial, como es el caso de campesinos, y afro descendientes por ejemplo; y en estas circunstancias, el debate hacia derechos colectivos sobre la tierra y el territorio está siendo dirigido a una dimensión más política, que incluye a campesinos y afro descendientes, y que se sostiene como estrategia de defensa de los territorios ante amenazas externas modernas como el agronegocio, el extractivismo, y la violencia rural. Esto no quita empero, que estos planteamientos políticos no usen estratégicamente las legislaciones ya existentes, lo que ha llevado a “procesos tardíos de etnización” y defensa del territorio en situaciones donde el elemento cultural étnico no es determinante, que es justamente lo que se ha visto en Colombia donde comunidades campesinas amenazadas por procesos mineros extractivos han comenzado a demandar reconocimiento a su condición ancestral y por consiguiente, a su territorio, para defenderse de las amenazas, reinterpretando la norma establecida. Algo similar puede decirse de Bolivia, donde el sector campesino en determinadas regiones definió autodenominarse como indígena originario, para así poder titular sus comunidades y territorios ancestrales, ya que ese derecho, en un inicio, sólo estaba pensado para pueblos indígenas minoritarios.
Volviendo a los argumentos, de manera complementaria, Alejandro Diez (antropólogo, jefe del Departamento de Ciencias Sociales de la Pontificia Universidad Católica del Perú) propone adicionalmente cinco razones por la que la propiedad colectiva de la tierra debiera ser considerada para pensar en el futuro de las sociedades rurales y urbanas de la región y en esos términos, plantea argumentos de orden más económico: 1) Como la tierra es un bien de carácter social, mientras mayor población disfrute de ella, mejor y en esa perspectiva de equidad y de redistribución, la propiedad colectiva es la que más oportunidad tiene para lograrlo. 2) En un mundo cada vez más exigente, las economías a escala son más necesarias y la propiedad colectiva puede brindar las condiciones de asociación, cooperación y uso de recursos compartidos como para permitir la sobrevivencia de la producción agrícola familiar en dicho escenario. 3) Existen varias prácticas de uso de la tierra, como la ganadería extensiva y el manejo de bosques, que se facilitan en esquemas colectivos de propiedad. 4) Las prácticas de gestión y de conservación de la tierra y los recursos naturales pueden ser encauzadas de mejor manera desde sistemas colectivos, estableciendo límites a la sobre explotación individual. 5) Las acciones colectivas son más efectivas cuando es preciso defender la tierra ante amenazas externas y de terceros.
En la misma línea, se citan ideas de Elinor Ostrom, en el sentido de que existe una tendencia a considerar a los sistemas colectivos de manejo de la tierra y los recursos naturales porque permiten establecer de manera más apropiada los marcos de uso de los recursos; y son más legítimos que el Estado o el mercado a la hora de establecer sanciones, normativas y regulaciones sobre la tierra y el territorio, por lo que permiten garantizar de manera más adecuada su sostenibilidad.
Sin embargo, ninguno de estos argumentos de orden político, económico o relacionado con la sostenibilidad ha logrado incrustarse de manera contundente en las legislaciones nacionales y subnacionales, por lo que los procesos de lucha y defensa de la propiedad colectiva siguen valiéndose de elementos de orden cultural.
Ante esta perspectiva, Lucy Avilés (especialista en desarrollo rural, Bolivia) advierte que ejes temáticos tradicionalmente articulados a los discursos y acciones marginales de algunos sectores, como la agricultura sostenible y la agroecología, ahora han pasado a ser parte estratégica del debate global sobre hambre y desnutrición, incluyendo a organismos internacionales como la FAO, UNCCD y otros, y esto se sostiene en buena parte porque estos conceptos pueden ser articulados con los planteamientos políticos, culturales y económicos que se emplean para sostener la tenencia colectiva de la tierra desde dimensiones como la solidaridad comunitaria y la participación.
En ese sentido, a lo planteado anteriormente en términos políticos y culturales, se debe añadir argumentos muy prácticos y urgentes que se plantean en el marco internacional del debate y que tienen que ver con acuerdos gubernamentales para lograr metas relacionadas con la reducción de tierras desertificadas, procesos de adaptación al cambio climático, reducción del hambre, fin de la pobreza, y otros donde la sostenibilidad de la tierra, y todo lo que tiene en ella (agua, bosques, otros recursos) es fundamental. Y es que como dice Stalin Herrera (sociólogo, especialista agrario, Ecuador), los regímenes de gestión colectiva de la tierra no sólo abarcan lo agrario, sino que también están migrando e incluyendo otras formas de gestión relacionadas con el riego, con las vías, con los gobiernos locales, por lo que es importante repensar los sujetos de la propiedad colectiva.
En consecuencia, se puede concluir, como lo hace Lucy Avilés, que más allá de pensar en una sola razón, una sola línea de pensamiento o una sola relación entre actores y sujetos, la defensa de la propiedad de la tierra colectiva en sus distintas dimensiones (tierra, territorio) requiere una estrategia multidimensional, que se encare desde distintos lugares simultáneamente, que contenga una diversidad de actores y sujetos articulados (urbanos, rurales, formales, informales) que permitan constituir una masa crítica que permita que la defensa de propiedad colectiva agraria no sea considerada como un fin en sí mismo, o como una demanda de un grupo específico de población, sino que sea vista como un elemento esencial para el futuro del desarrollo del mundo.