El Gobierno Autónomo Departamental del Beni promulgó el 29 de abril de 2019 la Ley Departamental Nº 88 Del Cacao Nativo Amazónico del Beni. La nueva ley tiene como objeto el fomento a la producción sostenible y la protección del cacao (Theobroma cacao) nativo amazónico, silvestre y cultivado, en el departamento del Beni.
Así mismo plantea “El desarrollo de capacidades empresariales a través de alianzas estratégicas y creación de empresas públicas y/ o mixtas, en el marco de las Leyes Departamentales de Empresas Públicas Ley Nº 80 Promulgada el 16 de mayo de 2018 y Desarrollo Productivo, Ley Nº 85 promulgada el 21 de septiembre de 2018” (Art. 9, h). Los aspectos mencionados, a su vez “deberán ser incorporados en el Plan Territorial de Desarrollo Integral del Departamento del Beni” (Art. 9, II).
La nueva normativa tiene un espíritu universal, en tanto las políticas que implemente el gobierno departamental son incluyentes para familias indígena originaria campesina, y para los sectores privados dedicados a la producción y aprovechamiento del cacao en el Departamento del Beni, con el propósito de mejorar los ingresos económicos (Art. 3, c). A partir de esta premisa busca “Garantizar las condiciones agroecológicas de producción, reproducción y ampliación de los cultivos de cacao amazónico, como base de una economía de las familias que viven en el área rural del Departamento del Beni” (Art. 3, b).
Los desafíos operativos de la implementación de la Nueva Ley Departamental del Cacao Nativo Amazónico del Beni, a partir de la promulgación, están vinculados a: i) la convocatoria del Comité Departamental del Cacao; ii) la reglamentación; y iii) el diseño del Programa Departamental del Cacao.
Por su parte, la Secretaría de Desarrollo Productivo y Economía Plural –órgano rector de la implementación de la Nueva Ley Departamental del Cacao Nativo Amazónico del Beni– a través de la Dirección de Desarrollo Agrícola del Gobierno Autónomo Departamental del Beni ha venido anticipando las tareas de planificación, respecto al diseño y elaboración del Programa Departamental del Cacao, los mecanismos técnico-operativo-administrativo de operación. De igual forma, viene generando sinergias interinstitucionales para construir de forma participativa la reglamentación de la citada Ley.
El cultivo del cacao es una inversión de largo plazo, tanto por el primer retorno, como por su ciclo biológico. Las investigaciones señalan que el ciclo de vida biológica del cacao es de más de cien años, pero su vida económica es alrededor de 20 años. La nueva ley abre un nuevo horizonte para efectivizar el desarrollo sostenible del sector cacaotero en el departamento del Beni con el apoyo de las instancias públicas y privadas. Por lo mismo, los programas y proyectos de inversión en el sector cacaotero tendrán un desempeño financiero de largo aliento, traducido en generación de empleo propio, reducción de la migración y mejora de la calidad de vida de la población.
Finalmente, la presente ley abroga la Ley N° 031 del 16/11/2012 “Ley Departamental de Fomento a la Producción y Protección del cacao (Theobroma cacao) silvestre y cultivado en el departamento del Beni.