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Venezuela: Proyecto de arco minero viola derecho a consulta previa de pueblos indígenas

 

 

 

 

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Los pueblos indígenas de Venezuela acumulan décadas de exclusión e injusticia social, pero de la misma manera son símbolo de resistencia. Venezuela es cuna de más de 30 etnias indígenas, que conforman las raíces históricas del país.

Estos pueblos han atravesado por un sin número de transformaciones políticas y sociales en las que, en contadas ocasiones han sido protagonistas, pero siempre luchadores y defensores de sus tradiciones y dignidad.

En la última década los pueblos indígenas venezolanos han sido partícipes de interesantes cambios políticos y sociales donde han experimentado mayores posibilidades de participación e incidencia.

A pesar de la participación cada vez más activa de líderes indígenas, son muchos los impedimentos que se encuentran para hacer valer los derechos que tienen consagrados en la Constitución.

Una de las luchas más recientes de los pueblos indígenas está relacionada con la incursión de la minería en sus tierras, que hoy amenaza con magnificarse gracias al proyecto del Arco Minero, que contempla la explotación en territorios de dan cobijo al menos a 100 comunidades indígenas.

Aunque la consulta previa está consagrada en la Constitución y en la Ley de Pueblos y Comunidades Indígenas, los pueblos y comunidades indígenas que ancestralmente habitan los espacios que se verán afectados por este mega proyecto no fueron consultados tal y como lo establecen estos instrumentos legales de nuestro país, e incluso en convenios internacionales como el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales (OIT), enmarcado en el Sistema Universal de Naciones Unidas.

Transculturización, desplazamiento, enfermedades endémicas, violencia, corrupción y prostitución, son algunas de las secuelas que ha dejado la actividad minera a pequeña y mediana escala en tierras indígenas, amenazas que pueden multiplicarse exponencialmente a raíz de este proyecto que, aunque fue aprobado desde 2016, no ha contado con un instrumento legal de validación por parte de estos pueblos.

Los parámetros establecidos por los organismos internacionales para los procesos de consulta previa implican el cumplimiento principios fundamentales como la disponibilidad de información clara, accesible y completa del proceso a decidir, procesos de consulta adecuados y consensuados por medio de instituciones indígenas representativas, bajo el principio de la buena fe y con la finalidad de alcanzar un acuerdo común o consentimiento.

Con información de Kapé Kapé

FUENTE: RUNRUNES