Por Ana María Pino Jordán*
Disertación en el Foro de Presentación de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Puno, Febrero 18 del 2010, evento organizado por SERVINDI con el auspicio de Oxfam América e IWGIA.
El tema que me han encargado es tratar dos conceptos que aparentemente, en su uso diario, se tratan como equivalentes o como sinónimos. Al igual que los organizadores, creo que es fundamental clarificarlos para poder ubicar en su real dimensión la Declaración de las NU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas que está vigente desde setiembre del 2007. El tratamiento al tema es más de carácter conceptual, por consiguiente, sujeto a debate.
En el tiempo que sigue, pondré sobre el tapete los conceptos, intentaré una reflexión en torno al por qué y de dónde viene la confusión entre ellos y trataré de diferenciarlos con el objetivo de desembocar, con mayores recursos conceptuales en la Declaración de la ONU sobre los DDII.
Recojo, para los efectos, los significados de campesino e indígena que parecen en el diccionario de nuestra lengua oficial que es el castellano. Todo el mundo puede revisarlo en cualquier tiempo y lugar, de allí que lo prefiero a cualquier diccionario especializado.
Campesino: | Indígena: |
1. Perteneciente o relativo al campo. 2. Propio del campo. 3. Dicho de una persona: Que vive y trabaja de ordinario en el campo. Categoría sociológica que se aplica al poblador rural que trabaja la tierra y la hace producir. | 1. Originario del país de que se trata. 2. Relativo a una población originaria del territorio que habita. 3. Sinónimo: oriundo, nativo, originario, aborigen. En sentido estricto, se aplica a las etnias que preservan las culturas tradicionales no europea. |
Como verán, se trata de dos categorías distintas que ni siquiera podrían utilizarse indistintamente.
Sin embargo, los organizadores de este evento, han determinado como eje temático, revisar qué es lo campesino y qué es lo indígena, lo cual está indicando la necesidad de diferenciarlos.
En mi percepción, la confusión de conceptos viene recién desde las primeras décadas del siglo pasado.
Durante la colonia, existió formalmente una república de indios, a la que pertenecían hasta cierto punto los mestizos; y una de españoles, así que las identidades eran claras. Ojo que no me refiero a la situación de los indígenas, sino a que no había confusiones de identidad. En ese entonces república no tenía el significado que hoy tiene y era entendida como "cosa pública" o res publica (en latín).
A los mestizos les fueron endilgando el apelativo de "cholo" como peyorativo (cholo, según Garcilazo, significa perro que a su vez proviene probablemente del vocablo aymara chulu o chulo).
Con la república moderna, todos nos convertimos en peruanos y allí creo, como varios intelectuales, entre ellos Gonzáles Manrique1, que comenzó el problema de identidad porque si bien se declaró que todos éramos iguales ante la ley, sólo tenían ciudadanía los hombres que sabían leer y escribir hasta Ramón Castilla que les dio cuasi ciudadanía a negros e indios. La mujer que sabía leer y escribir tuvo oficialmente ciudadanía en 1956 y la ejerció realmente, casi 10 años más tarde (1963). Los analfabetos recién son reconocidos para efectos de ejercer sus derechos ciudadanos completos, en la constitución de 1979.
En los años 20 del siglo pasado, se consolida un gran movimiento indigenista, reforzado por la corriente antropologista de América del Norte. La lucha de ellos logra que se reconozca a la comunidad indígena primero, comunidad campesina después, como institución conformada por familias campesinas que se organizan bajo determinadas normas y parámetros sociales y culturales; las normas son las del cooperativismo de la época y la institución se forma sobre la base de los núcleos escolares, que a su vez se estructuraron sobre la base de los antiguos ayllus. Es con la reforma agraria y en el gobierno militar de Juan Velasco que se les da estatus a las comunidades campesinas y a las comunidades nativas de pueblos amazónicos.
Entonces, es desde la creación de la república moderna, que fue el resultado de la lucha de los criollos (hijos de españoles nacidos en las Américas) por la igualdad de derechos frente a los españoles peninsulares, que la situación de la población nativa del Perú es de exclusión o invisibilidad bajo la premisa que todos somos peruanos. No sólo es excluida sino también discriminada en términos racistas; "indio" se convirtió en insulto, básicamente porque la consolidación de la república se basó en un sistema económico de explotación de la tierra que originó despojo y explotación de mano de obra rural (los terratenientes detentaban el poder económico y político). Todos recordamos seguro relatos como los recogidos por Arguedas, Alegría, López Albújar, Scorza y estudios como los de Malpica.
El problema de racismo y discriminación se va evidenciando con el intenso proceso migratorio del campo a la ciudad que comienza en la década de los 50 y se agudiza en la de los 60. Sin embargo, la "Revolución" emprendida por los militares en 1968, puso fin a una época. Su objetivo fue la modernización del país en un modelo de sustitución de importaciones y desarrollo de las fuerzas productivas. Para ello puso en marcha un gran "sistema de movilización social" que incluyó el control de los medios y su lema más importante fue "campesino, el patrón no comerá más de tu pobreza". Fue tan fuerte el impacto de esta campaña, que el nacionalismo se popularizó, y entre otras cosas hizo que la palabra indio se enterrara en las profundidades del yo oculto y para expresarla públicamente se sustituyó por la de campesino.
Han pasado los años y vemos hoy que la sociedad peruana es racista pero de un racismo y discriminación encubiertos. Felizmente, eso está cambiando debido entre otros, al proceso de globalización que hizo emerger la necesidad de mirar, y mirarse, al otro diferente (sea nativo, o migrante) como un igual legítimo. No en vano la declaración de las NU sobre Pueblos Indígenas se aprobó luego de 20 años de discusión y negociación.
Para terminar esta parte, muy resumida por cierto, debo señalar que la connotación peyorativa de "indio" arrastró, en el sentimiento de la población que se sentía menospreciada o discriminada, a la palabra indígena. Hasta hace poco tiempo, por ilustrar casos de nuestra región, se rechazaba enérgicamente el ser considerado indígena. Etimológicamente, indígena viene del latín "indius genitus" que quiere decir "nacido - engendrado - en un lugar". Eso de que Colón llamó a la población que encontró "indios" porque pensó que había llegado a las Indias Orientales es también válido, no hay que olvidar que España denominó al nuevo mundo como Indias Occidentales.
Enseguida voy a mostrar una serie de fotos de campesinos y de indígenas para ubicar en la práctica, las semejanzas y las diferencias. Al mirar las fotos, por favor, vayan ubicando si se trata de campesinos o de indígenas.
Podemos ahora, caracterizar ambas categorías.
Semejanzas 1. Ambas palabras son adjetivos en cuanto califican o dicen algo de sujeto o sustantivo 2. Ambas palabras personifican a peruanos que ocupan áreas rurales 3. Tienen como actividad económica la producción agrícola y/o pecuaria |
Diferencia | |
Campesino:
| Indígena:
|
Podría continuar apuntando diferencias como por ejemplo que tienen un sentido o filosofía de vida distinto, también un sistema de creencias, etc., etc.; sin embargo, marcar las diferencias interesa, en este momento, para entender los alcances de la Declaración de las NU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
Y es que las Naciones Unidas otorga derecho a la autodeterminación sólo a los que se consideran PUEBLOS. Ya en 1986, la UNESCO propició un gran debate y reconoció la existencia de un pueblo como grupo diferenciado dentro de un Estado. Le dio existencia a un pueblo si este era caracterizado como grupo étnico, minoría o pueblo indígena.
Esa caracterización se basó en elementos objetivos y subjetivos. Los primeros referidos al vínculo común entre sus miembros, y que los diferencia de otros; vale decir, una tradición histórica común, una identidad, un mismo sentido cultural y de creencias, una lengua común, una unidad territorial (ya sea de ubicación o procedencia) y en algunos casos una unidad de rasgos raciales. Los segundos referidos a un sentido de pertenencia, vale decir la adscripción (acto conciente) por parte del grupo de ser considerado un pueblo y a su voluntad de que se le identifique como tal, para lo cual deberían contar con "instituciones u otros medios de expresar sus características comunes y el deseo de mantener su identidad"2.
Por supuesto que estas consideraciones que no dejan de ser teóricas o académicas, arbitrarias para algunos, están sujetas a debate; sin embargo, constituyen ya un instrumento jurídico de derecho internacional; por ejemplo, el hecho que para NU Pueblos indígenas son "los que poseen una continuidad histórica respecto de las sociedades precoloniales que existían en un territorio dado, que se consideran distintos a los sectores dominantes de la sociedad y que tratan de preservar, desarrollar y transmitir a las generaciones futuras sus territorios ancestrales y su identidad étnica, como base de su existencia continuada como pueblos, de acuerdo con sus características culturales, instituciones sociales y sistemas legales."3.
Finalmente para terminar, es necesario precisar que con la construcción de los Estados modernos como "comunidades imaginadas"4, todos los que nacemos en un mismo territorio somos indígenas de ese territorio; así los argentinos son indígenas de Argentina, los franceses son indígenas de Francia, los japoneses serán indígenas de Japón, etc. La diferencia es que los pueblos llamados hoy indígenas se corresponden a "comunidades históricas" cuyo origen fue construido muchos siglos antes de las decisiones impuestas por la modernidad occidental. Son también llamadas naciones originarias.
El debate debe continuar. Muchas gracias.
-
Notas:
1. Gonzáles Manrique, Luis E. "¿Quiénes somos? Multiculturalismo y relaciones interétnicas en América Latina." En: Crónicas Urbanas. Análisis y perspectivas urbano-regionales. Cusco: Centro Guaman Poma de Ayala. Año X. Nº 11, 2006, pp. 39-52.
2. Musgrave, Thomas D. 2000. Self Determination and National Minorities, Somerset: Oxford University Press. Pág. 20
3. Martínez Cobo, José. Relator Especial de la ONU, en 1986.
En: http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_autodeterminaci%C3%B3n
4. En la definición de Benedict Anderson (1993) "comunidad política imaginada como inherentemente limitada y soberana", citado por Ramón Pajuelo en Reinventando Comunidades Imaginadas: Movimientos indígenas, nación y procesos sociopolíticos en los países centroandinos. Lima, Perú: IFEA/IEP, Diciembre 2007. 173:16pp.
-
(*) Ana María Pino Jordán es promotora de la Casa del Corregidor; e-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.