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El programa, que se espera beneficie a 17.000 productores agropecuarios y casi medio millón de pobladores rurales, está destinado a ayudar a estas regiones a mejorar su productividad, la competitividad y el incremento de sus exportaciones.

"El nuevo préstamo tiene también como objetivo asistir a las zonas afectadas por la erupción del volcán Puyehue" de junio pasado, explicó el BID.

Con este nuevo préstamo, el monto entregado por el BID para apoyar el Programa de Servicios Agrícolas Provinciales (PROSAP) de Argentina asciende a 755 millones de dólares, las zonas beneficiadas son productoras de fruta, hortalizas y arroz, y también de leche y ganadería ovina y bovina.

www.ambito.com/noticia.asp?id=602085

Hoy se cumplen 30 días desde el inicio de la marcha, el 15 de agosto. Tras 275 kilómetros recorridos, los indígenas de 34 nacionalidades reiniciarán el diálogo, esta vez con el aymara Choquehuanca.

La reunión está prevista para las 10.00 en La Embocada, comunidad beniana a 25 kilómetros de Yucumo, donde un grupo de colonizadores está dispuesto a no dejar pasar la marcha.

Los indígenas ven con cierta desconfianza la presencia de Romero y Delgadillo. "Cuando estuvieron ellos (Romero y Delgadillo) dijeron que se agotó el diálogo y ahora una vez más están, pero hemos invitado al Canciller para que él pueda ver otras alternativas y así llegar a hablar con el Presidente", dijo ayer Jorge Mendoza, del Comité de Marcha.

Por su lado, Adolfo Chávez, de la Confederación de Pueblos Indígenas del Oriente Boliviano (CIDOB), apuntó que "si ellos (Romero y Delgadillo) vienen a repetir lo mismo, por supuesto que no tendría valor alguno la reunión".

Según los indígenas, los ministros habrían insistido hace dos semanas en que la carretera se hará necesariamente por el centro del Territorio Indígena Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS).

PROPUESTA. Consultado sobre qué propuesta presentarán ante la nueva comisión de alto nivel del Gobierno, Chávez afirmó que eso no les corresponde a ellos.

"Primero no tenemos por qué presentar propuestas, no es nuestro deber. Aquí lo que se necesita es que ellos cambien su actitud política", insistió el dirigente que ayer retornó de Santa Cruz tras una revisión médica a la que se somete periódicamente por una lesión en su brazo derecho.

Mendoza, del Comité de Marcha, anticipó cuál será la propuesta ante Romero, Delgadillo y Choquehuanca. "Se debe respetar el TIPNIS y las alternativas de construcción de la carretera no deben afectar el parque", ratificó. Los indígenas habían enviado el domingo una carta al Gobierno pidiendo que se reanude el diálogo, pero con el canciller Choquehuanca, que ayer a las 13.40 -mediante el ministro de la Presidencia, Carlos Romero- respondió afirmativamente a esta petición.

Antes de que la carta llegara a manos de los dirigentes de los indígenas, el ministro Romero dijo en Palacio Quemado que se aceptó la petición de los dirigentes para iniciar las negociaciones bajo la presencia de David Choquehuanca.

"Nos alegra enormemente que hayan reflexionado y decidan reintentar este diálogo. Condicionan la presencia del Canciller, aceptamos como hemos aceptado antes, como hemos aceptado siempre, cualquier sugerencia que esté dirigida para viabilizar el diálogo", manifestó.

El Gobierno espera lograr esta vez preacuerdos con el sector en conflicto que permitan encontrar la mejor alternativa para la construcción del tramo II de la carretera Villa Tunari - San Ignacio de Moxos, sin afectar la biodiversidad del TIPNIS.

Mientras indígenas y Gobierno se reúnen hoy para dialogar, policías y colonos se alistan para frenar la marcha en la población de Yucumo, la puerta de ingreso a La Paz. Si el diálogo de hoy fracasa, la marcha se reanudaría este miércoles pese a las advertencias de los yucumeños.

Policías enarbolan bandera blanca

Un grupo de policías liderados por un coronel y un capitán llegó ayer a La Embocada, a 25 kilómetros de Yucumo, y habló por un momento con los dirigentes de los indígenas que marchan por el TIPNIS.

"Llegaron, rompieron una polera blanca y la enarbolaron como bandera y así entraron como si aquí los estuviéramos esperando para pegarlos. Eso realmente nos molestó. No sé para qué trajeron su bandera", se preguntó Jenny Suárez, presidenta del Comité de Marcha de los indígenas.

El encuentro se produjo a las 10.00, de acuerdo con el relato de Suárez. El dirigente de las juventudes del TIPNIS, Tomás Candia, se reunió por un momento con ellos. "Estaban con poleras blancas que decían Seguridad Ciudadana La Paz", acotó.

Suárez insistió en que las fuerzas del orden están con el Gobierno y listos para desarticular la marcha. "Si ellos tuvieran la voluntad, de ser como dijeron que eran, unos mediadores, ya hubieran suspendido el bloqueo de Yucumo, pero no es así. No están a nuestro favor".

El mismo domingo, Jorge Mendoza, del Comité de Marcha, y Celso Padillo, de la Asamblea del Pueblo Guaraní (APG), dijeron que la Policía se parcializa y resguarda a los colonos que bloquean el ingreso a la localidad de Yucumo.

Ayer se supo que los uniformados efectuaban ejercicios antimotines en las instalaciones de Umopar, en las afueras de Yucumo, aunque no se pudo confirmar si llegaron más policías desde la sede de gobierno. El Comando de la Policía envió un contingente de 450 efectivos.

CIDOB pide la presencia de fiscales en la marcha

El dirigente de la Confederación de Pueblos Indígenas del Oriente Boliviano (CIDOB), Adolfo Chávez, emplazó ayer al Gobierno a demostrar que los indígenas que marchan en defensa del TIPNIS llevan armas en dos camionetas.

"Si a duras penas podemos llevar a los niños y a las mujeres y después nos dicen que llevamos armas. Pedimos que vengan los fiscales y verifiquen nuestras carpas", agregó Chávez.

El dirigente tomó después con un poco de humor la forma en que se defenderán si al final existe una intervención. "Estamos preparando a nuestros marimonos (monos), a nuestros picos de tucán, nuestras pieles de anta y lagarto para defendernos...".

Los indígenas cumplirán hoy 30 días de movilización en defensa del Territorio Indígena Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS) y en contra de la construcción de la carretera entre Villa Tunari y San Ignacio de Moxos que cruzará el centro de la reserva natural.

El TIPNIS se encuentra entre los departamentos de Beni y Cochabamba. Tiene una doble categoría de protección. Es un parque nacional y es un territorio indígena donde habitan etnias de moxeños, yuracarés y chimanes. Según el Gobierno, en el parque hay 64 comunidades

http://www.la-razon.com/nacional/dialogo-TIPNIS-retorna-Canciller_0_1467453261.html

Histórico, porque se notó a una población indígena protagónica del acontecimiento y en compañía de un Jefe de Estado, diferente de cuando a veces se suele utilizar a la población indígena sólo como invitados meramente pasivos y para aparecer ante las cámaras.

Es histórico también porque esta ley es producto del esfuerzo y el sacrificio de los propios pueblos y de sus organizaciones, acompañados por una sumatoria de esfuerzos de instituciones y personas que apostaron por que se concretice la aprobación de esta norma como un paso necesario para reconocernos como peruanos y fortalecer la democracia.

II. Reconocimiento de ciudadanía y nuevo ejercicio del poder

La ley de consulta previa es un reconocimiento de ciudadanía a los pueblos indígenas u originarios. Eran los excluidos y ninguneados históricamente, seres a quienes la posesión de un DNI poco o nada servía para algunas autoridades, y que por el hecho de tener una cultura diferente a otra se la descalificaba y desconocía en su condición de ciudadano. La ciudadanía trae consigo el ejercicio y goce de derechos pero también el cumplimiento de deberes, son caras de una misma moneda.

A ello apunta esta ley de consulta, no otorga ciudadanía sino que la reconoce, reconoce que quienes forman parte de los pueblos indígenas u originarios también son ciudadanos y como todo ciudadano merecen el debido respeto conforme a una sana convivencia y por tanto, tienen derechos y deberes. Es una ciudadanía colectiva que sale fortalecida.

Además, con la ley de consulta se abre una nueva forma de ejercicio del poder en el país. La arbitrariedad y el autoritarismo deben ser proscritos para dar lugar al diálogo intercultural y a la búsqueda de consensos. Se da paso a que los pueblos indígenas u originarios sean escuchados y tomados en cuenta, a ser informados debidamente, entre otros aspectos, y que las decisiones del Estado, aún cuando no se llegue a un acuerdo luego de producida la consulta, no pueden ser arbitrarias, sino que deben ser tomados adoptando las medidas que resulten necesarias para garantizar los derechos colectivos de estos pueblos.

En tal sentido, es acertada la invocación del Presidente Humala al momento de promulgar esta disposición que alcanza a todas las personas e instituciones, "no abusar de esta ley". El ejercicio de todo derecho no es absoluto, ni aún el derecho a la vida lo es. El ejercicio de todo derecho admite limitaciones, el más genérico y que alcanza a todos es el respeto a los derechos fundamentales. De allí que este reconocimiento de ciudadanía y de ejercicio de poder debe ser  así entendido.

El significado de esta ley es de suma transcendencia e importancia a pesar de algunos aspectos que luego podrían irse mejorando. En su contenido, tiene como base la autógrafa de la ley que se aprobó el 19 de mayo del 2010 y que luego fue observada por el Ejecutivo, devuelta al Parlamento, ingresado a comisiones y allí quedó sin volver a discutirse en el pleno durante el gobierno anterior, hasta su vuelta a debate y aprobación unánime por todas las bancadas por este nuevo Congreso.

Si bien esta ley de consulta no es la varita mágica que ha de solucionar todos los problemas y conflictos, sí constituye una herramienta básica para solucionarlos y sobre todo para prevenirlos, por lo que se requiere de un adecuado reglamento y voluntad concertada para su aplicación y cumplimiento.

III. Algunas apreciaciones sobre el contenido de la ley

En lo que sigue, presento un resumen y breves comentarios de los contenidos de esta disposición.

El marco referente de interpretación de la ley de consulta.- Es el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo- OIT sobre Pueblos Indígenas. Este Convenio es un tratado de derechos humanos aprobado por la OIT en 1989 con representación de trabajadores, empresarios y de los Estados. Su ratificación fue aprobada mediante Resolución Legislativa No. 26253, y vigente desde el 2 de febrero de 1995 en nuestro derecho nacional.

Sobre este Convenio, el Tribunal Constitucional reiteradamente ha afirmado que todo tratado de derechos humanos de los que el Perú es parte y que ha seguido un curso regular para la ratificación y entrada en vigencia, forma parte del derecho nacional y ostenta rango constitucional. Es decir, su contenido se equipara a una norma constitucional, y parte de ese contenido es el derecho a la consulta.

En realidad esta ley no sólo ha de interpretarse conforme al Convenio 169 tal como lo establece el artículo 1º, pues toda norma admite diversas fuentes para su interpretación. En este caso, por ejemplo ha de tomarse en cuenta la jurisprudencia emitida por el Tribunal Constitucional, donde ha desarrollado diversos criterios y parámetros para la aplicación del derecho a la consulta, en particular lo relacionado a la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, el cual no constituyendo en estricto un tratado, conlleva una fuerza moral y marca una evidente orientación de la comunidad internacional hacia el respeto de los pueblos indígenas (1).

Asuntos que pueden ser consultados.- La consulta no sólo será respecto de las medidas legislativas o administrativas que afecten directamente sus derechos colectivos, su existencia física, identidad cultural, calidad de vida o desarrollo de los Pueblos Indígenas. También se hará la consulta previa respecto de los planes, programas y proyectos de desarrollo nacional y regional que afectan directamente estos derechos. Debiendo ser el Estado quien implemente el proceso de consulta.

Finalidad de la consulta.- Alcanzar un acuerdo o consentimiento entre el Estado y los Pueblos Indígenas u Originarios es la finalidad establecida por la ley, esto ha de realizarse en base al diálogo intercultural.

Principios.- Entre los principios rectores del derecho a la consulta se han considerado:

  1. Oportunidad.- La consulta ha de ser previa a la medida a ser adoptada por el Estado.
  2. Interculturalidad.- Se hará la consulta reconociendo, respetando y adaptándose a las diferencias existentes entre las culturas.
  3. Buena fe.- Se debe propiciar un clima de confianza, colaboración y mutuo respeto. Tanto el Estado como los representantes indígenas deben actuar de buena fe, prohibiéndose todo proselitismo partidario y conductas antidemocráticas.
  4. Flexibilidad.- Deben establecerse procedimientos apropiados al tipo de medida legislativa o administrativa que se pretende adoptar, así como tenerse en cuenta las circunstancias y características especiales de los pueblos indígenas involucrados.
  5. Plazo Razonable. El plazo debe ser tal que permita a los representantes indígenas conocer, reflexionar y realizar propuestas concretas.
  6. Ausencia de coacción o condicionamiento.- La participación ha de ser libre sin coacción o condicionamiento alguno.
  7. Información oportuna. Se establece como derecho que los pueblos indígenas reciban de parte del Estado toda la información que sea necesaria para manifestar su punto de vista, debidamente informados. Se hace énfasis en que la obligación del Estado es brindar esta información desde el inicio del proceso de consulta y con la debida anticipación.

Criterios de identificación.- Respecto a los criterios de identificación de los pueblos indígenas u originarios prácticamente se han tomado los establecidos en el Convenio No. 169, esto es, los criterios objetivos y el subjetivo, esto es, la conciencia del grupo colectivo de poseer una identidad indígena u originaria. Los criterios objetivos son:

a.- Descendencia directa de las poblaciones originarias del territorio nacional.

b.- Estilos de vida y vínculos espirituales e históricos con el territorio que tradicionalmente usan u ocupan.

c.- Instituciones sociales y costumbres propias.

d.- Patrones culturales y modo de vida distintos a los de otros sectores de la población nacional.

Al interpretarse la segunda parte del artículo 7º de la ley, no debería incurrirse en un error de comprensión respecto a las comunidades campesinas. Una interpretación literal del texto sería que sólo son beneficiarias de esta disposición las comunidades campesinas andinas y las comunidades nativas, lo que excluiría a comunidades campesinas asentadas en zonas costeras que cumplan con los criterios establecidos.

Este artículo 7º debería ser interpretado de manera amplia a fin de no excluir a comunidades campesinas asentadas en zonas costeras y que cumplan los criterios de identificación como pueblo indígena u originario. Recordemos que precisamente, una de las primeras observaciones que  fueron planteadas a la OIT por incumplimiento del Estado peruano del Convenio 169, lo realizó la Comunidad Indígena de Santo Domingo de Olmos, el cual es una comunidad campesina ubicada en zona de costa, reconocida en 1544(2). En tal sentido, sería necesario una mejor redacción del texto en este punto.

A quién corresponde identificar las medidas a ser consultadas.- La identificación de las medidas objeto de consulta no sólo corresponde al Estado sino también a los propios pueblos u organizaciones representativas de los Pueblos Indígenas, artículo 9º.

Decisión final.- Un aspecto también relevante de esta ley de consulta es que cuando no se llegue a un acuerdo entre el Estado y los pueblos indígenas u originarios, la decisión final a adoptarse corresponde al Estado pero esta decisión no debe ser arbitraria, sino que ha de adoptar las medidas necesarias para garantizar los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios.

El idioma.- En relación al idioma a emplearse en los procesos de consulta, en el artículo 16º existe una redacción que debería mejorarse, pues tal como está daría a entender que en el Perú existe un solo idioma oficial, lo que es errado, ya que en nuestro país existen varios idiomas oficiales. "Son idiomas oficiales el castellano y, en las zonas donde predominen, también lo son el quechua, el aimara y las demás lenguas aborígenes, según la ley"(3) Lo importante es que pueda contarse con intérpretes durante el desarrollo del proceso de consulta.

Base de datos oficial.- Un aspecto también a destacar es la creación de la base de datos oficial de pueblos indígenas u originarios así como de sus instituciones y organizaciones representativas, el cual estará a cargo del órgano técnico especializado en materia indígena del Poder Ejecutivo, que según la primera disposición complementaria de la ley, corresponde al Viceministerio de interculturalidad del Ministerio de Cultura.

Consulta y Participación.- Respecto a que la segunda disposición complementaria de la ley de consulta no deroga o modifica las normas sobre el derecho a la participación ciudadana, considero que ante todo prevalece el proceso de consulta, y que la participación ciudadana debe entenderse también como una parte esencial de los derechos de los pueblos indígenas u originarios pero en este caso específico sobre la aprobación de medidas legislativas o administrativas, así como de los planes, programas y proyectos de desarrollos que los afecten directamente, prevalece la consulta.

Medidas legislativas y administrativas dadas con anterioridad.- En esta misma disposición se ha establecido que esta ley no modifica o deroga las medidas legislativas ni deja sin efecto las medidas administrativas dictadas con anterioridad a su vigencia. Considero que por razones de seguridad jurídica esta parte resulta apropiada. El ideal máximo sería que una vez entrado en vigencia esta ley de consulta debería modificar y derogar automáticamente las medidas legislativas cuestionadas por los pueblos indígenas u originarios y que fueron aprobadas a partir del 2 de febrero de 1995, fecha de vigencia del Convenio 169 en el país, hasta las que se aprobaren antes de que entre en vigencia esta ley, lo que daría lugar a una situación de inseguridad jurídica. Esto no quita que pueda hacerse un mapeo de aquellas situaciones que están resultando conflictivas y que están colisionando con el sentido y contenido de esta ley de consulta a fin de buscar las alternativas más apropiadas para resolverlas.

En síntesis, estamos ante un nuevo escenario que hace posible mejores posibilidades para un adecuado ejercicio de ciudadanía y de una nueva forma de ejercicio del poder donde las decisiones no se toman arbitrariamente sino con plena consulta y participación activa de los pueblos indígenas u originarios. La ley carecerá de sentido si los propios pueblos indígenas u originarios no impulsan el ejercicio efectivo de los derechos y deberes allí contenidos. Ello demanda al liderazgo y a los propios pueblos indígenas u originarios una gran responsabilidad, lo que pasa por fortalecer sus organizaciones, articular esfuerzos, prepararse adecuadamente en las herramientas técnicas necesarias y sobre todo, mantener la apertura al diálogo intercultural constituyéndose en interlocutores idóneos que transmitan las necesidades y propuestas de sus pueblos.

Notas:

1) Tribunal Constitucional, EXP. N.° 0022-2009-PI/TC, Fundamento No. 7, "Acerca de la DUNDPI, debe tenerse en cuenta que la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidos aprobó "La Declaración de Derechos de los Pueblos Indígenas" con fecha 13 de septiembre de 2007, cuyo texto fue adoptado con 143 votos a favor, 4 en contra y 11 abstenciones. Dicho documento, consta de 46 artículos los cuáles establecen principios jurídicos sobre los pueblos indígenas. Se trata de un instrumento de derecho internacional, debiendo considerarse de igual modo que se trata de una declaración y no de un tratado, por lo que no cabe la ratificación. No obstante ello, debe explicarse que las declaraciones representan un amplio acuerdo y consenso de la comunidad internacional. En efecto, al ser el fruto de negociaciones y aceptación por la mayoría de la Asamblea General de las Naciones Unidas, conllevan una fuerza moral, además de una evidente orientación de la comunidad internacional hacia el respeto y la tutela de los pueblos indígenas, al plantear un contenido de los derechos humanos en el contexto de los pueblos indígenas"

2) CEACR: Observación individual sobre el Convenio núm. 169, Pueblos indígenas y tribales, 1989 Perú (ratificación: 1994) Publicación: 2003. La comunicación de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) indicaba que el decreto supremo núm. 017-99-AG, de fecha 3 de junio de 1999, expropió 111.656 hectáreas de las tierras ancestrales de la comunidad indígena de Santo Domingo de Olmos, provincia de Lambayeque, y que dichas tierras serían adjudicadas a inversores privados para llevar a cabo un proyecto hidroeléctrico. http://www.ilo.org/ilolex/cgi-lex/pdconvs2.pl?host=status01&textbase=ilospa&document=7105&chapter=6&query=Per%FA%40ref&highlight=&querytype=bool&context=0

3) Constitución Política, artículo 48º.

www.servindi.org/actualidad/51174

El informe del Instituto de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert) sobre las tierras de Antebi Cué revela que el ochenta por ciento de los 1.587 ocupantes censados oficialmente en 2005, vendieron ilegalmente su derecho a comprar las fincas o sencillamente las abandonaron, dejando en su lugar a los ganaderos, políticos y brasileños que hoy explotan ilegalmente la propiedad.

 El informe es una radiografía estadística que demuestra cómo se ha pervertido el objetivo inicial de la reforma agraria, convirtiendo a los beneficiarios de esta, en simples intermediarios en la compraventa de tierras públicas.

 De acuerdo con el documento que recibió el lunes pasado el propio presidente de la República, Fernando Lugo, de manos del actual presidente del Indert, Marciano Barreto, en el primer censo oficial que se realizó en el año 2005 sobre los ocupantes de las tierras expropiadas a los Antebi, fueron identificadas 1.587 personas. Según el censo que se realizó este año, sin embargo, de aquellos ocupantes hoy solo permanecen en el lugar unas 327 personas.

 Esto significa que, en solo seis años, 1.260 ocupantes vendieron su derecho a tomar posesión de la propiedad y a comprársela al Estado, o sencillamente la abandonaron.

 El mismo Barreto explicó a ÚH que las personas que aparecen en el archivo del Indert de 2005 son las que se inscribieron en el registro censal, lo que representa el paso previo para la adjudicación de la tierra.

 La adjudicación debe ser autorizada por una resolución del Consejo del Indert y -en teoría- solo pueden acceder a ella quienes reúnen los requisitos legales como para ser considerados sujetos de la reforma agraria.

 La adjudicación, propiamente, es el derecho a ocupar, explotar y comprar la propiedad pública; es lo que se conoce como derechera.

 Barreto explicó que en el campo el registro censal se considera un documento casi equivalente a la derechera, y ambos se utilizan para vender ilegalmente el derecho del ocupante o del adjudicado a un tercero; un tercero que, por lo general, no es beneficiario de la reforma.

 Si a la fecha solo quedan 327 ocupantes, de los 1.587 registrados en el 2005, es lógico suponer que la gran mayoría de los 1.260 ocupantes originales que ya no están, vendieron su registro censal, según opinó el propio Barreto.

 Siendo así, resulta que el ochenta por ciento de los beneficiarios originales de la expropiación de los Antebi solo ofició de intermediarios entre la entidad del Estado responsable de la reforma agraria y personas que no son beneficiarias de ella.

 De acuerdo con el censo del Indert del 2011, las tierras de Antebi Cué tienen hoy 880 ocupantes, de los cuales 530 aparecieron después de la toma de datos de 2005.

www.ultimahora.com/notas/461168-80-%20-de-ocupantes-originales-de-Antebi-Cue-vendieron-sus--tierras

El Gobierno determinó ayer la realización de una consulta a los indígenas y gente que vive en el Territorio Nacional Parque Isiboro Sécure (Tipnis) si quieren, o, no la construcción de la carretera Villa Tunari - San Ignacio de Moxos. Además dijo que se invitará a organismos internacionales en calidad de veedores para que presencien esta consulta.


"Quiero decirles desde las próximas semanas el Gobierno Nacional va ser la consulta correspondiente, respetando estas normas internacionales como también nuestras leyes nacionales y que la gente que vive ahí diga si quiere camino o no quiere camino", dijo el Jefe de Estado, al señalar que esta consulta se enmarca en el cumplimiento de las normas internacionales y nacionales.
Morales tomó esa decisión tras la negativa por parte de los representantes de los indígenas del Tipnis que rechazaron la propuesta gubernamental de elevar en consulta la construcción de este tramo carretero que atraviesa esta área protegida, realizada por la ministra de Desarrollo Rural, Nemesia Achacollo.
Por otro lado la representante de la Organización de Naciones Unidas (ONU) en Bolivia, Yuriko Yosukawa, informó que hasta el momento no recibieron ninguna petición para que esta institución internacional intervenga como facilitador entre indígenas y Órgano Ejecutivo.
"Hay un cuarto intermedio (en el diálogo), pero esperamos que se vuelva a la conversación y nuevamente quisiera enfatizar que es un tema difícil, es un tema complicado y si fuera algo que se podría resolver en unos días de conversación, yo creo que no estaríamos donde estamos. Entonces démosle tiempo y no dramaticemos excesivamente, no promovamos salarios catastróficos y tengamos fe en que esto llegue a un final razonablemente feliz y al mismo tiempo llamaríamos a todos a que no acudan discursos agresivos, ni amenazas de ningún tipo y entre todos propiciemos un ambiente que ayude", dijo Yosukawa.
En ese marco, la representante de la ONU recordó una cita del escritor israelí pacifista, Amos Oz, quien dijo: "El negociar es doloroso, porque hay que sacrificar cosas que nos importan mucho, pero lo tenemos que hacer para sobrevivir".

Gobierno debe respetar a los indÍgenas y aprovechar diÁlogo
El exministro de desarrollo sostenible, Gustavo Pedraza, encuentra inexplicable y sorprendente lo mucho que el lenguaje haya sido innecesariamente agresivo. "En estos conflictos de orden étnicos - políticos hay que cuidar mucho el respeto a la persona, porque el problema va mucho más allá de la persona, el problema no es de uno o dos líderes, el problema es el fondo, el modelo de desarrollo que defiende uno y que defiende el otro", sostuvo Pedraza.
Al mismo tiempo indicó que el modelo de desarrollo que quieren los indígenas tiene que ver con el respeto a su entorno natural, el respeto a la tierra y los bosques. Por otro lado el modelo de desarrollo que el Gobierno plantea es el clásico, el construir la carretera mas allá de los impactos que pueda generar en la vida de los pueblos. "Ese es el fondo del tema y no el apellido o el nombre de un dirigente o un ministro. Si no se ataca el problema y se ataca a las personas nunca va a ver solución. Tiene que atacarse a cómo resolver el problema no a insultar o denigrar a los dirigentes indígenas", afirmó.
El exministro considera que el Gobierno no valoró la dimensión política que ha alcanzado esta marcha, "no hizo la calibración correcta e incluso los mismos líderes indígenas tampoco". Pedraza sostuvo que el conflicto se ha convertido en un hecho político, más allá de que los indígenas estén demandando, porque no se ve que los indígenas busquen un objetivo político como lo han afirmado algunos actores.
"Me parece que la marcha como tal ya es un hecho político y no es un hecho político sólo para el país, sino a nivel global. Creo que la dimensión política que ha alcanzado este conflicto como tal debe llamar la atención del Gobierno porque no creo yo que sea tan simple como para tratarlo como una, dos o tres opciones de una carretera", argumentó.
Agregó que el conflicto con los indígenas ha llegado al mismo núcleo del proceso político que conduce Evo Morales. "Este conflicto esta interpelando la verdad y certeza del proyecto del Estado Plurinacional y de la existencia o no de un modelo de desarrollo alternativo al capitalismo salvaje, me parece que ha hecho agua la posición del gobierno en torno a su modelo de desarrollo que no ha plasmado aún una cara nueva al modelo clásico de desarrollo que se ha implementado en este país desde hace mucho tiempo".
Del mismo modo, Gustavo Pedraza dice que esta es la primera interpelación al modelo del MAS y ha sido desde adentro, donde esta en disputa el modelo de desarrollo y el modelo de gestión del poder. "Es mas serio de lo que se piensa, se nota muy claramente en el gobierno actual que algunos están de acuerdo con la demanda de los pueblos indígenas de tierras bajas y hay quienes mantienen una posición implacable contra la demanda de los indígenas y están generando bloqueos para que la marcha no avance", indicó a tiempo de destacar que el desafío del Gobierno está en mirar mas allá de la marcha.

TEXTUAL
"El Gobierno tiene en este momento una excelente oportunidad para demostrar que de verdad quiere un modelo de desarrollo alternativo que respeta la madre tierra y que cuida los recursos naturales".
Gustavo Pedraza
Exministro de desarrollo sostenible

www.elmundo.com.bo/Secundarianew.asp?edicion=06/09/2011&Tipo=Politica&Cod=12629